Desde que la Organización Mundial de la Salud ha declarado al coronavirus como pandemia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha ido adoptando diversas medidas, acordes al avance de los contagios.
En este contexto, se ha diseñado un Protocolo de Recomendaciones para la Realización de Ejercicio Físico en el Espacio Público, desarrollado por la Secretaría de Desarrollo Ciudadano bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno, apoyando la recreación como medio de equilibrio y estabilidad social. A su vez, se encuentra en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la pandemia.
Para la realización de ejercicio físico en el espacio público, se estableció que no resulta obligatoria la utilización del cubrebocas y/o tapabocas, durante la práctica de running y/o práctica aeróbica intensa de las actividades autorizadas, a fin de no obstruir la respiración.
Horario permitido: entre las 20 hs. y las 8 hs.
A fin de evitar superponer la realización de dichas actividades con los horarios en los que se movilizan los trabajadores de servicios esenciales y aquellos que se desempeñan en comercios habilitados, así como los consumidores, y/o las salidas recreativas familiares, se propone delimitar la franja horaria de actividad física. El horario de 20 a 8 horas, es válido para los siete días de la semana.Distancias mínimas entre personas:
● Caminata: 5 metros● Correr/running: 10 metros
● Bicicleta: 10-20 metros dependiendo de la velocidad de rodado
● Para otras actividades, que impliquen desplazamiento tales como rollers, patines o similares, 10 metros
● Distancia lateral entre personas que realizan las actividades permitidas: 2 metros
Es importante que respetemos las medidas establecidas, en pos del beneficio de toda la comunidad, evitando así el avance de los contagios y por consiguiente un retroceso en las flexibilzaciones adoptadas.
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